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Información para agro exportadores
Estatus LMR en la Unión Europea para Chlorpirifós y Clorotalonil
Septiembre 1 de 2020

ESTATUS CHLORPIRIFÓS - Agosto 31 de 2020

1) El Chlorpirifós fue aprobado en virtud del Reglamento (CE) No 1107/2009 y figura en la parte A del anexo del Reglamento de aplicación de la Comisión (UE) Nº 540/2011.

2) El período de aprobación del Chlorpirifós, que originalmente expiraba el 30 de junio de 2016, fue prorrogado tres veces, siendo su última prórroga aprobada mediante reglamento de aplicación de la Comisión (UE) 2018/1796 prorrogado hasta el 31 de enero de 2020, para permitir que se complete el examen debido a las demoras en el proceso de evaluación científica.

3) El 3 de octubre de 2019 bajo medida OTC G/TBT/N/EU/682 la Unión Europea informa que el Proyecto de Reglamento de Ejecución de la Comisión notificado se establece que la aprobación de la sustancia activa Chlorpirifós no será renovada, en virtud de las disposiciones del Reglamento (CE) N° 1107/2009.

4) El 12 de diciembre, pocos días después de pasar los 60 días para comentarios a la medida OTC, notifican la propuesta de modificación de LMR al Comité MSF (G/SPS/N/EU/360) en su límite de cuantificación.

5) El Reglamento (UE) 2020/1085 de 23 de julio de 2020 señala que los laboratorios de referencia de la UE llegaron a la conclusión de que el desarrollo técnico permite fijar en 0,01 mg/kg los límites de determinación del Chlorpirifos y del Chlorpirifos metilo en todos los productos.

6) Después de corregir incongruencias en la fecha a partir de la cual el Reglamento (UE) 2020/1085 entrará a regir, la Comisión definió que dicha norma se aplicará el 13 de noviembre de 2020.

ESTATUS CLOROTALONIL - Agosto 31 de 2020

1) El Clorotalonil fue aprobado en virtud del Reglamento (CE) No 1107/2009 y figura en la parte A del anexo del Reglamento de aplicación de la Comisión (UE) Nº 53/2005.

2) Mediante Reglamento 2019/677 del 29 de abril de 2019, la Comisión no aprueba la renovación del Clorotalonil por supuestos efectos en (i) la contaminación de aguas subterráneas, (ii) riesgo para organismos acuáticos, y (iii) efectos en la salud (genotoxicidad y carcinogenicidad).

3) La Unión Europea notificó al Comité de MSF de la OMC (G/SPS/NEU394) con fecha 15 de julio de 2020, el proyecto de Reglamento para revisar los LMR para el Clorotalonil. https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/SS/directdoc.aspx?filename=s:/G/SPS/NEU394.pdf&Ope n=True

4) A partir del 15 de julio de 2020, deben transcurrir 60 días para que los gobiernos miembro de la OMC presenten comentarios, lo cual significa que el 14 de septiembre concluiría dicho plazo.

5) Una vez culmine el proceso de notificación, la Comisión procederá a analizar los comentarios y, con seguridad, tomará la decisión de eliminar los actuales LMR.